Guía de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en la Administración General del Estado


12 abr 2017




LA GUÍA, PUBLICADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA Y DE PLENA APLICACIÓN AL PERSONAL DE JUSTICIA (TRANSFERIDO O NO TRANSFERIDO), NO EVITARÁ QUE SE SIGAN PRODUCIENDO DIVERSAS INTERPRETACIONES EN LA CONCESIÓN Y DENEGACIÓN DE PERMISOS CON LA SUFICIENTE FALTA DE SEGURIDAD JURÍDICA PARA EL PERSONAL
CCOO denuncia que la negativa de la administración a cerrar el contenido de esta guía de forma negociada con los sindicatos impide al personal conocer concretamente y sin lugar a dudas cuáles son sus derechos en materia de conciliación


La Dirección General de Función Pública ha publicado una guía de los recursos de conciliación disponibles en la Administración general del Estado, por tanto, de plena aplicación también a todo el personal de la Administración de Justicia, tanto de los ámbitos transferidos como de los no transferidos, toda vez que el art. 503 de LOPJ establece que: "por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado” y que “el disfrute de estos permisos tendrá los mismos derechos económicos que los funcionarios de la Administración General del Estado”.

La Guía debería haber dado respuesta a una de las medidas recogidas en el II Plan de igualdad de la AGE y, como tal ,debería haberse cerrado su contenido en la Comisión Técnica de Igualdad dependiente de la Mesa General de la Administración General del Estado, pero la administración no ha querido cumplir este requisito.

Desde el punto de vista de CCOO la Guía no da cobertura a las expectativas que habíamos puesto en la misma ya que lo que pretendíamos es que sirviera para unificar criterios y que en todos los ámbitos (Gerencias Territoriales del ámbito no transferido y departamentos correspondientes de las CCAA con competencias) se le diera el mismo tratamiento a cada supuesto de conciliación. Se trataba de evitar las interpretaciones sesgadas o la creatividad de cada gestor o gestora de turno, esas que tantos problemas genera a los trabajadores y a las trabajadoras y a sus representantes sindicales obligados/as a pelear días y días con la administración por cuestiones que deberían haber quedado cerradas y clarificadas en la guía.

Desgraciadamente de nuevo se ha perdido la oportunidad de mejorar sensiblemente la actividad en materia de gestión de estos permisos con una unificación de criterios que además permitiría que todo el personal, independientemente de su destino tuviera los mismos derechos en relación a la conciliación.

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