Aclaración:
Recordamos que lo publicado en
nuestro blog, el 16 de julio de 2012, con el Título “ El Gobierno abre la puerta al despido de los funcionarios que
rechacen un traslado ,,,” En su párrafo 2º se habla de un “salario base” inferior a 926.1 €/mes,
esto ha motivado confusión en algunos lectores y al respecto CCOO manifiesta
que es un artículo de “Vozpópuli”
publicado en su sección de economía y debió referirse “sueldo bruto” o como lo
dispone el RD: “no será de aplicación a
aquellos empleados públicos cuyas
retribuciones por jornada completa, excluidos incentivos al rendimiento, no
alcancen en cómputo anual 1,5 veces el salario mínimo interprofesional establecido
en el Real Decreto 1888/2011, de 30 de diciembre” que referido al mes es
641,40 X 1,5 = 926, 1 € brutos mes; por tanto nos afecta a todos los de
Justicia
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